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      Como recientemente estamos viendo en clase el tema de los riesgos de Internet, y de la importancia de la privacidad personal, después de ver un reportaje en la tele sobre los que os voy a comentar a continuación, he buscado en la Red, y me ha llamado mucho la atención un artículo que he leído en el que se menciona que se va a reformar el nuevo Código Penal, y que de ahora en adelante, recogerá hasta con un año de prisión la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas. Aquí cuando entra en juego el término "sexting"(envío de contenidos eróticos o pornográficos por medio de teléfonos móviles).
 
 
 
    Sin duda, uno de los casos más hablados últimamente sobre este concepto ha sido el de la concejala Olvido Hormigos, en el que la mujer mandó un vídeo erótico a un chico (ella misma era la protagonista), y dicho film se expandió por todos los habitantes del pueblo y de las afueras, y han llegado a ver ese vídeo miles de personas. Los daños que puede ocasionar un hecho de esta calaña a una persona son indescifrables.
 
     Así, Hormigos ha dicho que se alegra "muchísimo" de que se cambie la actual redacción del Código Penal, que dejaba "desprotegidas" a las víctimas de este tipo de conductas.

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